PUBLICACIÓN CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL FRÍO INDUSTRIAL. 2024-2025-2026
Afecta a 23.000 trabajadores del sector, que pertenecen a 400 empresas con una facturación total de 6.000 millones de facturación.
Madrid, Enero 2025. Se ha publicado en el BOE el convenio nacional del sector del almacenamiento del frio entre representantes de la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logísticas y Distribución de España (ALDEFE) y las centrales sindicales CCOO y UGT, para el periodo 2024-26.
El convenio, que afecta a unos 23.000 trabajadores de 400 empresas con 6.000 millones de facturación, vincula a las empresas logísticas que se dediquen a la recepción, manipulación, almacenaje, embalaje y/o transporte de productos de la industria alimenticia que requieran temperatura controlada, tanto de frío positivo como negativo, y que se lleve a cabo mediante el uso de equipos e infraestructuras de frío.
Se consideran equipos o infraestructuras de frío, entre otros, camiones frigoríficos, muelles de carga y descarga refrigerados, almacenes refrigerados, cámaras frigoríficas o de congelación y equipos de protección individual contra el frío. También se considera que integran esta actividad mercantil las fábricas, talleres y explotaciones dedicadas a la fabricación, depósito, venta y suministro de hielo.
Salarios
- Año 2024: Las tablas salariales se incrementarán en un 4,50 % sobre las definitivas del 2023. Finalizado 2024, si el IPC interanual de diciembre de 2024 fuera superior a 3 %, se aplicará un incremento adicional máximo del 1 %, con efecto de 1 de enero de 2025.
- Año 2025: Las tablas salariales se incrementarán en un 4,50 % sobre las del 2024. Finalizado 2025, si el IPC interanual de diciembre de 2025 fuera superior a 3 %, se aplicará un incremento adicional máximo del 1 %, con efecto de 1 de enero de 2026.
- Año 2026: Las tablas salariales se incrementarán en un 4,00 % sobre las del 2025. Finalizado 2026, si el IPC interanual de diciembre de 2026 fuera superior a 3 %, se aplicará un incremento adicional máximo del 1 %, con efecto de 1 de enero de 2027. 2.
Los efectos salariales se retrotraerán al 1 de enero de cada uno de los 3 años de duración pactada (2024, 2025 y 2026).